¿Sabías que tienes derecho a asistir a terapias y citas médicas de tu hijo con discapacidad durante tu horario laboral?

Trabajadora social Erika Rodríguez explica derechos laborales para padres de niños con discapacidad en Panamá

Conversamos con Erika Rodríguez, trabajadora social, quien nos explicó qué pueden hacer los padres cuando sus trabajos parecen ser un obstáculo para acompañar a sus hijos con discapacidad a terapias, consultas o actividades educativas. Lo que muchos desconocen es que la ley panameña sí protege este derecho.

En Panamá, los padres, madres o tutores legales de niños con discapacidad cuentan con un respaldo legal que les permite acompañar a sus hijos a terapias, consultas médicas y actividades educativas sin que esto afecte su estabilidad laboral. Este derecho está protegido por la Ley 15 del 31 de mayo de 2016, que reforma la Ley 42 de 1999.

La normativa establece que los trabajadores con hijos o familiares con discapacidad, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, tienen derecho a 144 horas anuales para dedicarlas a la atención médica, terapéutica o educativa del familiar con discapacidad. Estas horas equivalen a 18 días laborales distribuidos de forma flexible, dependiendo de la necesidad de cada cita o tratamiento.

¿Cómo se accede a este permiso?

Para hacer uso de este derecho, el trabajador debe:

  1. Solicitar al especialista tratante una certificación médica que indique que el familiar tiene una condición de discapacidad.
  2. Presentar dicha certificación ante su jefe de recursos humanos junto con una nota formal solicitando las 144 horas que establece la ley.

Según explicó Erika Rodríguez, trabajadora social, “los empleadores deben otorgarse el tiempo necesario a la persona con discapacidad, sea padre, madre o pariente, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, tutor o persona autorizada por el representante legal”.

Es importante destacar que no es obligatorio presentar el carné de discapacidad emitido por SENADIS para hacer valer este permiso. El diagnóstico del especialista es suficiente para respaldar la solicitud. El carné de SENADIS, si bien es útil para acceder a descuentos y beneficios adicionales, no es un requisito legal para que se otorguen estas horas laborales.

¿Qué hacer si la empresa se niega a conceder el permiso?

En caso de que el empleador no respete este derecho, los padres pueden acudir a instituciones como:

  • SENADIS
  • MITRADEL
  • La Defensoría del Pueblo

Rodríguez explicó que, en estos casos, “ellos le dan el acompañamiento y el apoyo para que se pueda cumplir con este derecho”, ya que está amparado no solo por la legislación panameña, sino también por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por el país.

Un llamado a los padres

Desde su experiencia como trabajadora social, Erika Rodríguez hizo un llamado a las familias:
Los padres de familia tienen que velar no solamente por el derecho de sus niños a la salud, a una educación de calidad, sino también a que ellos se les pueda dar ese apoyo para el acompañamiento de sus hijos”.

Acompañar a un hijo con discapacidad no solo es un acto de amor, sino también un derecho protegido por la ley. Es fundamental que todas las familias conozcan esta información y la hagan valer por sus hijos.


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